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Jueves, 24 Abril 2014 10:39

Corte ratifica en el cargo al auditor (corrupto) Alonso Godoy Destacado

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Alonso Godoy Pelayo seguirá al frente de la Auditoría Superior hasta 2016 (El pueblo de Jalisco tendrá que soportar a este Corrupto).

Ayer la segunda sala de la SCJN revocó la sentencia del amparo, interpuesto por Héctor Romero, que ordenaba revocar su elección y desechó ese juicio.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió ayer a favor del auditor superior Alonso Godoy Pelayo, al desechar el juicio de amparo que promovió el abogado Héctor Romero Fierro sobre el procedimiento a través del cual fue nombrado.

De esta manera, el funcionario podrá continuar en el cargo hasta que venza su nombramiento, en el 2016.

El asunto fue resuelto ayer por la segunda sala de la SCJN, que determinó revocar el sentido de la sentencia en el amparo que se había concedido a Romero Fierro, además del sobreseimiento del juicio, es decir, su conclusión sin necesidad de que exista una sentencia.

Después de esta determinación de la Corte ya no hay recursos legales que se puedan interponer. Ante esa situación, Romero Fierro afirmó que como abogado acepta la sentencia, aunque no la comparte.

En la lista de asuntos resueltos ayer en sesión por la segunda sala, aparece el amparo en revisión 23/2014, proveniente del Juzgado Primero de Distrito en materia Administrativa y del Trabajo. Dicho juicio fue promovido por Héctor Romero Fierro y recurrido por Alonso Godoy Pelayo.

Romero Fierro dijo que esperará a que se elabore el engrose de la resolución para conocer las razones de los ministros, quienes determinaron que “se revoca la sentencia recurrida” y se “sobresee en el juicio de amparo”. Hasta ayer por la tarde aún no aparecía en Internet la discusión de los ministros sobre este recurso.

Romero Fierro interpuso la demanda de amparo en contra del nombramiento de Godoy Pelayo por la LVIII Legislatura, en 2009. En esa ocasión se emitió una convocatoria para elegir al titular de la Auditoría Superior del Estado de Jalisco por un periodo de siete años.

En las bases de la convocatoria se estableció que los candidatos tendrían que ser sometidos a un examen de oposición, el cual sería aplicado por instituciones de educación superior y en el cual deberían obtener una puntuación superior a 80.

Los diputados de la Comisión de Vigilancia determinaron, sin que hubiera un acuerdo previo, aplicar ellos directamente el examen. Como resultado, los legisladores aseguraron que sólo Godoy Pelayo había obtenido la calificación que se requería y lo nombraron auditor superior por un periodo de siete años, a partir del 2 de diciembre de 2009.

El juicio de amparo fue ganado por Héctor Romero, luego de varios recursos interpuestos por el auditor superior, quien alegaba que no se le había tomado en cuenta en el mismo, a pesar de ser tercero perjudicado. En segunda instancia, un tribunal colegiado determinó que los diputados habían violado las bases de la convocatoria y los derechos de los participantes en la misma, por lo que ordenó la separación del cargo del funcionario y la reposición del procedimiento para nombrar al titular de la ASEJ.

El auditor superior recurrió nuevamente la sentencia y después de varias resoluciones el juicio llegó hasta la Suprema Corte, donde ayer se dio la razón definitiva a Godoy Pelayo.

Claves

La historia

- La LVIII Legislatura nombró en 2009 al auditor superior Alonso Godoy Pelayo, pero los diputados evaluaron directamente a los candidatos, en lugar de que lo hicieran instituciones de educación superior, como marcaba la convocatoria

- Héctor Romero Fierro, uno de los candidatos, promovió un juicio de amparo, el cual ganó. El Juez Primero de Distrito en materia Administrativa ordenó al Congreso que repusiera el procedimiento

- Alonso Godoy impugnó el amparo, argumentando que no fue tomado en cuenta como tercero perjudicado. Su recurso fue admitido y se ordenó la reposición de una etapa del juicio, a partir de la audiencia constitucional

- Al reponerse el procedimiento se volvió a resolver a favor de Romero Fierro

- Godoy Pelayo volvió a impugnar y pidió que se aclare una contradicción de tesis, pues asegura que su nombramiento fue un acto soberano del Congreso y no procedía el amparo

- La segunda sala de la Suprema Corte determinó que debe prevalecer la jurisprudencia que contiene la tesis 2ª/J 18/2013, que determina que sí procede el amparo

- Godoy presentó un recurso en contra de esa resolución. Ayer la segunda sala de la Corte le dio la razón, al revocar la sentencia del amparo y sobreseer el juicio

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