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Domingo, 28 Julio 2019 11:48

'El Cuini' tiene suspensión definitiva para no ser extraditado a EU

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Abigael González Valencia logró demostrar que enfrenta más procesos penales en nuestro país, situación que la SRE no tomó en cuenta antes de pronunciarse sobre la extradición.

La juez Décimo Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal, Rosa María Cervantes Mejía, concedió la medida cautelar definitiva, porque El Cuini impugnó el acuerdo de extradición que emitió la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) el 25 de marzo del presente año, donde concede la entrega del imputado, además se amparó en contra de la suscripción, publicación, aprobación, ratificación, promulgación y aplicación del artículo 15 del Tratado Internacional entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América, así como la ejecución del acuerdo de extradición, y por considerar violados los artículos de la Constitución 1, 8, 14, 15, 16, 18, 20, 119 y 133,  entre otros. El artículo 15 del Tratado de extradición establece que "La Parte requerida podrá, después de acceder a la extradición, diferir la entrega del reclamado cuando existan procedimientos en curso en contra de él o cuando se encuentre cumpliendo una pena en el territorio de la Parte requerida por un delito distinto, hasta la conclusión del procedimiento o la plena ejecución de la sanción que le haya sido impuesta.".

La medida cautelar en el juicio de amparo, sólo es para que no quede sin materia el juicio de amparo, pero en cuanto se resuelve éste en definitiva la medida cautelar queda sin efectos.

La SRE emitió un nuevo acuerdo, porque a fines de diciembre de 2018, el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito concedió una sentencia de amparo para efectos a Abigael González Valencia en el amparo en revisión promovido por su autorizada Yulissa Camacho Rodríguez, siendo la misma abogada que defendió a Sandra Beltrán Leyva con la ayuda del panista Diego Fernandez de Cevallos Ramos, también conocido como "EL Jefe Diego", pero ahora han cambiado los tiempos con Andrés Manuel López Obrador y Fernández de Cevallos ya no tiene las influencias de antes; misma sentencia de revisión que frenó temporalmente su entrega y que enseguida se transcribe en parte.

Síntesis de la sentencia de amparo en revisión del Sexto Tribunal Colegiado en el Toca número 119/2018:

Se ampara al quejoso para el efecto de que la autoridad responsable Deje insubsistente el acuerdo de extradición de 21 veintiuno de diciembre de 2016 dos mil dieciséis, y emita otro, en el que reitere los aspectos que no fueron objeto de la protección constitucional; y Con libertad de jurisdicción, de manera fundada y motivada, se pronuncie en torno al señalamiento hecho en la opinión jurídica de 11 once de octubre de 2016 dos mil dieciséis, dictada por el Juez Décimo Sexto de Distrito de Procesos penales Federales en el Distrito Federal (ahora Ciudad de México), en el expediente de extradición internacional 1/2015-I, en relación a la actualización de la hipótesis jurídica del artículo 15 del Tratado de Extradición celebrado entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América. Al existir la seguridad de que al reclamado ABIGAEL GONZÁLEZ VALENCIA, se le inició: a) La causa penal 279/2005, por el Juzgado de Primera Instancia del Ramo Penal del Distrito Judicial de Catazajá-Palenque, Chiapas, por el delito de homicidio calificado, en la que se dictó auto de formal prisión el 12 doce de septiembre de 2017 dos mil diecisiete. b) La causa penal 45/2015 del índice del Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Jalisco, por un delito previsto en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; de la que se tiene conocimiento que existe mandato de captura en su contra, que aún no se ha ejecutado.”

El cuñado del líder del cártel de Jalisco, Nemesio Oseguera Cervantes, El Mencho, reclamó la sentencia de la juez Cervantes Mejía, porque en mayo de 2018 le negó el amparo contra la extradición.

El Cuini, segundo al mando del cártel Jalisco Nueva Generación (CJN) y dirigente de la célula denominada Los Cuinis, cuenta con una suspensión definitiva que impide a México entregarlo a Estados Unidos

La juez Décimo Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal, Rosa María Cervantes Mejía, concedió la medida cautelar, porque El Cuini impugnó el acuerdo de extradición que emitió la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) el 25 de marzo del presente año, donde concede la entrega del imputado.

La SRE emitió un nuevo acuerdo, porque a fines de diciembre de 2018, el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito concedió un amparo a González Valencia, resolución que frenó su entrega.

El cuñado del líder del cártel de Jalisco, Nemesio Oseguera Cervantes, El Mencho, reclamó la sentencia de la juez Cervantes Mejía, porque en mayo de 2018 le negó el amparo contra la extradición.

El Cuini logró demostrar que enfrenta más procesos penales en nuestro país, situación que la SRE no tomó en cuenta antes de pronunciarse sobre la extradición.

Por esta razón, el Tribunal concedió la protección de la justicia y dejó sin efecto el acuerdo de extradición del 21 de diciembre de 2016, donde se acordó su entrega.

La juez dio cumplimiento a lo ordenado por el tribunal, por lo que se requirió informes justificados a otros jueces.

Es así como la juez fue notificada sobre la causa penal 279/2005, iniciada por el juzgado de Primera Instancia del Ramo Penal del Distrito Judicial de Catazajá-Palenque, Chiapas, por el delito de homicidio calificado, en la que se dictó auto de formal prisión a El Cuini, el 12 de septiembre de 2017.

Asimismo, de la causa penal 45/2015 del índice del juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Jalisco, por un delito previsto en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; de la que se tiene conocimiento que existe mandato de captura en su contra, que aún no se ha ejecutado.

El Cuini fue detenido el 28 de marzo de 2015, en Puerto Vallarta, Jalisco, durante un operativo realizado por las fuerzas federales, donde también había tres sudamericanos y un mexicano.

En abril de 2015, el juez 16 de Distrito de Procesos Penales Federales en la Ciudad de México ordenó la detención provisional con fines de extradición; lo anterior porque una Corte Federal del Distrito de Columbia, solicitó la detención por delitos equiparables a delincuencia organizada, contra la salud y lavado de dinero.

Desde que la Suprema Corte resolvió que la pena perpetua no es anticonstitucional, con posterioridad ningún extraditable se ha librado de ser extraditado a Estados Unidos de América, así tengan procesos penales pendientes en México. También es el caso que los abogados defensores han agotado los temas jurídicos que eviten la extradición, y lo que hasta ahora sólo han conseguido es retardar un poco el que sus clientes sean extraditados, no obstante que pueden existir nuevas e inexploradas argumentaciones jurídicas que posiblemente eviten la hasta hoy la inexorable extradición.

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