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Domingo, 25 Noviembre 2018 13:07

Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación han presentado 23 recursos de amparo colectivos contra ley que limita sus "pobrecitos" sueldos

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El Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, dijo que si los funcionarios públicos están inconformes con ganar menos de 108 mil pesos mensuales, pueden optar por el sector privado.

Calificó de “poco serio” el argumento de los integrantes del Poder Judicial de la Federación de que la reducción salarial que deriva de la aplicación de la Ley Federal de Remuneraciones fomenta la corrupción.

“Es deshonesto cuando un funcionario acepta recibir hasta 600 mil pesos mensuales, eso sí es corrupción”, dijo.

“Un servidor público no sólo ganará 105 mil pesos sino que va a tener el honor de servir al pueblo ¿no les parece porque es poco dinero?, entonces existe el sector privado donde tampoco ganan mucho ¿eh?”.

Jueces y magistrados federales han presentado 23 recursos de amparo colectivos en contra de las reformas que se han presentado en el Congreso, y que tienen que ver con la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos, modificaciones para la elección de integrantes del Consejo de la Judicatura Federal, disminución presupuestal y la rotación de los impartidores de justicia, por considerar que vulneran la autonomía del Poder Judicial de la Federación (PJF).

En todos los casos en que se han presentado estos recursos ya se otorgaron suspensiones provisionales, y como entre los promoventes hay magistrados, todos los casos llegarán a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), revelaron funcionarios del PJF. La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación AC puso a disposición de todos los titulares la demanda de amparo modelo elaborada por la comisión redactora, en la que se propone combatir desde ahora las leyes y diversas iniciativas de reformas legales y constitucionales por parte del Congreso y diversos legisladores, por estimarlas violatorias de la independencia y autonomía del PJF.

La organización de impartidores de justicia considera que las reformas planteadas en el Congreso son contrarias a la Constitución, a los tratados y convenciones Internacionales de los que el Estado mexicano es parte.

La asociación señala que es el inicio de una defensa integral que se desarrollará estrictamente dentro de los cauces legales que ofrece nuestro orden jurídico frente a un conjunto de iniciativas que desconocen la autonomía constitucional del PJF, que pretende imponer una intromisión indebida y sistemática en el funcionamiento de un órgano independiente en franca contravención al principio de división de poderes.

En ese contexto, las fuentes consultadas refirieron que si bien la semana pasada la magistrada del Tribunal Colegiado del Decimo Segundo Circuito, Sonia Rojas Castro, consiguió un amparo contra la reducción de salarios, la solicitud de protección de la justicia federal no es sólo contra la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos.

El Juez Décimo de Distrito con residencia en Sinaloa en el juicio de amparo indirecto 747/2018 concedió la suspensión provisional en favor de la funcionaria, no obstante que se reservó a admitir o no la demanda de amparo por considerarse impedido para resolver el amparo, dado que pudiera derivarse el riesgo de pérdida de imparcialidad al resolver el asunto, porque ese juzgador de amparo se considera un quejoso potencial de la legislación reclamada. Por tanto dicho impedimento se turnó a un tribunal colegiado para su análisis por considerar el juzgador de amparo que debía excusarse.

Esta suspensión provisional concedida a la funcionaria Sonia Rojas, es ilegal, ya que la demanda de amparo promovida por la funcionaria ni siquiera fue admitida por el Juzgado Décimo de Distrito, pero eso sí, con la suspensión que le dieron de gracia, la funcionaria seguirá gozando de su salario de ensueño hasta que se resuelva el amparo.   

Los actos reclamados por la Magistrada Sonia Rojas Castro, son la discusión, aprobación y emisión del decreto por el que se expide la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la Constitución federal y se adiciona el Código Penal Federal.  

En los días recientes, señalaron las fuentes consultadas, más de 90 integrantes del PJF ha presentado solicitudes de amparo de manera colectiva en contra de las reformas planteadas en el Congreso.

Se espera que el Consejo de la Judicatura solicite la acumulación o bien que por el número de casos la SCJN atraiga todos los expedientes para resolver el caso. En este supuesto de que la Corte atraiga los expedientes, entonces existe la posibilidad de conflicto de intereses por parte de Ministros de la Corte y deberán excusarse para conocer y resolver.

Los Jueces de Distrito tienen un salario mensual de más de 192,000 pesos, los Magistrados de Circuito ganan más de 212,000 pesos mensuales y los Ministros de la Suprema Corte más de 388,000 pesos mensuales, esto, más prestaciones de ensueño, no accesibles a los demás mexicanos.

El Poder Judicial de la Federación se compone en su gran mayoría de cónyuges, familiares, amigos, compadres, recomendados, esto es, el nepotismo impune más grande de México. “A la institución se le conoce en el medio como el Poder Familiar de la Federación, porque todos se conocen y se deben favores”, describe Arturo Flores Albor, quien ha sido académico del Instituto de la Judicatura y ex juez penal.

El artículo 127, fracción II, de la Constitución  Federal aprobada en el año 2009 y aprobada en el gobierno del presidente Felipe Calderón, y de forma ilegal no aplicada hasta ahora, establece lo siguiente, entre otros, que ningún servidor público podrá recibir una mayor remuneración que el Presidente de la República:

"Artículo 127. Los servidores públicos de la Federación, de los Estados, del Distrito Federal y de los Municipios, de sus entidades y dependencias, así como de sus administraciones paraestatales y paramunicipales, fideicomisos públicos, instituciones y organismos autónomos, y cualquier otro ente público, recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades.

 Dicha remuneración será determinada anual y equitativamente en los presupuestos de egresos correspondientes, bajo las siguientes bases: (….)

 

II. Ningún servidor público podrá recibir remuneración, en términos de la fracción anterior, por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, mayor a la establecida para el Presidente de la República en el presupuesto correspondiente. (…)".

 

Andrés Manuel López Obrador recibirá como Presidente de la República un sueldo mensual de 108,000 pesos mensuales, por lo que por disposición constitucional ningún servidor público podrá tener un mayor salario que el de López Obrador. 

 

La autonomía del Poder Judicial de la Federación no puede estar sobre lo previsto en los artículos 75 y 127 de la Constitución Federal y sus artículos transitorios.  

 

La Constitución mexicana es la ley suprema para todos los mexicanos, y contra ella no procede el juicio de amparo indirecto, por lo que sus demandas de amparo no prosperarán, a menos que la Corte se convierta en cómplice de querer atracar a la Constitución.

 

Y la misma Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido el criterio de que las normas Constitucionales NO son objeto de enjuiciamiento en amparo, ya que cuando se está en presencia de una restricción, prohibición, limitación o excepción constitucional, prevalece o tiene aplicación directa el texto de la Norma Fundamental frente a cualquier norma secundaria. 

 

A los jueces, magistrados y ministros del Poder Judicial de la Federación que no les parezca el salario que está previsto en la Constitución y en su ley reglamentaria (Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos), son libres de buscarse otro trabajo en el que puedan ganar más que el Presidente de la República.

 

En ocasiones para poder llegar a ser juez de distrito del Poder Judicial de la Federación, basta con comprar en lo oscurito una copia del examen que aplica el Consejo de la Judicatura Federal a los aspirantes a jueces. El pago de la venta de la plaza de juez de distrito, en la mayoría de las veces se exige en efectivo, se realiza o no en una sola exhibición, el plazo para liquidarlo depende del nivel de amistad, contactos o experiencia en las prácticas de corrupción. Algunos logran negociar un pago directo que va de 100 a 150 mil pesos, porque ya se saben la jugada, pero otros aceptan ceder hasta los primeros tres meses de su sueldo ya como jueces, que son más de 450 mil pesos.

 

La versión del pago directo concuerda con la vivencia de Jorge Octavio Velázquez Juárez, quien ocupó el cargo de juez de distrito, aunque después le fue negada la posibilidad de pelear por la ratificación o por el puesto de magistrado, “porque no me presté a las tranzas”.

“Sabemos cómo se manejan las cosas ahí dentro: 100 mil pesos es lo mínimo que los concursantes pagan para obtener los reactivos”, dice.

Ante la posibilidad de ser procesados penalmente por ganar más que el Presidente de la República, jueces y magistrados solicitaron amparo contra la integración de carpetas de investigación en su contra.

Los jueces de distrito que están promoviendo juicios de amparo, están utilizando machotes de amparo, será porque por sí solos no saben hacer un escrito de demanda de amparo contra leyes.  

 Ante la posibilidad de ser procesados penalmente por ganar más que el Presidente de la República, jueces y magistrados solicitaron amparo contra la integración de carpetas de investigación en su contra.

Hasta el 3 de diciembre de 2018, la Ley Federal de Remuneraciones y las iniciativas de Morena para reformar el Poder Judicial de la Federación sumaron 512 demandas colectivas de amparo tramitadas por 2 mil 835 personas: 331 jueces, 366 magistrados, mil 37 secretarios, 215 actuarios, 514 oficiales y el resto, burócratas de diversas dependencias.

El Código Penal establece que quien gane más de 108 mil pesos, sueldo del Presidente, puede ser encarcelado hasta por 14 años por el delito de remuneración ilícita, además de que si no denuncia a otros servidores públicos que ganan más de esa cantidad, también podría enfrentar una penal similar.

Fuentes federales confirmaron que la mayoría de los jueces que han recibido los amparos están concediendo las suspensiones para que por el momento no se les aplique la Ley Federal de Remuneraciones.

 

 

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