Web Analytics Made Easy - Statcounter
Sábado, 12 Abril 2014 12:40

Niegan amparo al único detenido por caso La Ciudadela Destacado

Valora este artículo
(0 votos)

El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal de Jalisco, en el amparo en revisión número 47/2014 negó favorecer en el recurso de revisión el amparo del único detenido por el caso La Ciudadela de Zapopan, al joven Isaac Álvarez Buenrostro.


La defensa del muchacho Isaac Álvarez Buenrostro buscaba anular el auto de vinculación a procedimiento por la conducta tipificada como secuestro agravado que le dictó el Juez Segundo en Materia de Justicia Integral para Adolescentes en el Estado. En el juicio de amparo 1197/2013 se le negó el amparo por el Juez Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco. Lea la Sentencia.

Los defensores acusan violaciones al debido proceso como tortura e incomunicación, además que se habría infringido su derecho a la defensa.


El señalado retenido en el Centro Tutelar de Menores, recogió a dos adolescentes que fueron torturados, mutilados e inhumados clandestinamente.

Antecedente de sentencia dictada por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal de Jalisco, fue en el expediente 321/2013 de amparo en revisión, el 06 de diciembre de 2013, en el que se ordenó reponer el juicio de amparo para que se diera participación en el mismo a uno de los progenitores de una de las víctimas. Lea la Sentencia.

Extracto de la sentencia 321/2013:

"Resolución judicial que derivó de los siguientes hechos:
Que con fecha anterior al veintiuno de junio de dos mil trece,
**********, amigos y compañeros del adolescente
******************************, le comentaron que planeaban llevar
mediante engaños a unas personas a determinado lugar,
haciéndoles creer que participarían en una fiesta, donde habría
alcohol y mujeres, donde además conocerían a una persona
involucrada en la venta de droga, actividad por el cual ganarían
buena cantidad de dinero, ello con la finalidad de darles una golpiza
porque se estaban burlando del papá de **********, que la función del
adolescente vinculado a proceso, sería “poner” a las víctimas, motivo
por el cual se pusieron de acuerdo en verse en la plaza comercial

denominada **********, lugar donde se reunió con **********,
abordando un taxi, posteriormente, se cambiaron de vehículo siendo
una camioneta **********, en la cual se dirigieron al bosque de
********** hasta el predio denominado “**********que al llegar al lugar
se bajaron del citado automotor, momento en que el un sujeto
apodado **********le dio un golpe a ********** con la mano,
posteriormente metieron a ambos en un cuarto, donde les quitaron
sus playeras, los sentaron en unas sillas y les amarraron las manos
y pies con cinta canela, colocándoles también cinta en los ojos y
boca, para finalmente privarlos de la vida, por golpes y
ahorcamiento, y no fue sino hasta cuando las madres de los
menores denunciaron su desaparición y el adolescente involucrado
emitió su declaración ministerial, que fueron encontrados los cuerpos
de las víctimas ya sin vida, en el mencionado predio denominado
“**********” "

NOTICIA RELACIONADA: Analizará tribunal petición de amparo de Isaac Álvarez Buenrostro, único detenido por el caso Ciudadela

Visto 629 veces