El dictamen concentra las propuestas que han presentado diputados de todas las fracciones parlamentarias sobre las consecuencias que tienen los despidos injustificados. Según declaraciones del coordinador de los diputados locales del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Miguel Castro Reynoso, se calcula que en Jalisco los laudos en contra de dependencias públicas podrían sumar más de cuatro mil millones de pesos.
Con las reformas a la ley, se dejan a salvo los derechos de los funcionarios públicos para demandar ante despidos injustificados, estableciéndose que podrán recibir una indemnización de tres meses de sueldo. El cambio más importante es el que establece que el monto máximo que podrán cobrar por concepto de salarios caídos, será del equivalente a 12 meses; en la propuesta original que presentó Miguel Castro, se hablaba de seis meses.
En la propuesta también se establecen sanciones para los abogados, litigantes o representantes que promuevan acciones legales que son improcedentes para alargar u obstaculizar el juicio, con una multa que iría de cien a mil veces el salario mínimo general vigente en la zona metropolitana.
Cuando se trate de servidores públicos, además serán destituidos y se dará cuenta al Ministerio Público para que investigue la posible comisión de un delito.
También se señala que los titulares de las entidades públicas y sus apoderados serán sujetos de responsabilidad “si por negligencia u omisión” generan un daño a la entidad pública.
Para la redacción del dictamen se tomaron en cuenta también las iniciativas que presentaron los diputados panistas Hernán Cortés Berumen y Víctor Manuel Sánchez Orozco, así como de las bancadas del Partido de la Revolución Democrática y de Movimiento Ciudadano.
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Lo que dice
-Ante un despido injustificado, el trabajador tendrá derecho a una indemnización equivalente a tres meses de salario y el pago de salarios caídos, por un máximo de doce meses
-Si el pago no se entrega, se podrán cobrar intereses, sin que se exceda del equivalente a quince meses de sueldo
-Se aplicará una multa de cien a mil salarios mínimos a los abogados, litigantes o representantes legales que promuevan acciones, excepciones, incidentes, diligencias, ofrecimiento de pruebas, recursos y, en general, toda actuación en forma notoriamente improcedente, para alargar u obstaculizar el juicio
-Si es un funcionario público, será destituido y se dará vista al Ministerio Público ante la posible comisión de un delito
Sonia Serrano Iñiguez; Milenio